A partir del 1 de septiembre, las personas que trabajan en Cooperativas con contratos indefinidos tienen una gran noticia ya que disponen de una medida que les facilita convertirse en socias trabajadores indenfinidas. Esta nueva regla se incluye en la disposición final tercera del Real Decreto-Ley 1/2023, de 10 de enero, que trata sobre medidas importantes para apoyar a las personas artistas y mejorar su protección social y modifica el artículo 10 de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de la Economía Social.

Gracias a este cambio, si las personas con contratos indefinidos en Cooperativas desean incorporarse como socias trabajadoras o de trabajo y el órgano de administración de la Cooperativa lo aprueba, pueden optar por solicitar su prestación por desempleo en un solo pago. Esto les ayudará a cubrir las aportaciones obligatorias, así como en su caso las voluntarias y la cuota de ingreso, en caso de exigirse.

Esta medida va a posibilitar que muchas personas trabajadoras indefinidas por cuenta ajena no tengan que utilizar sus ahorros, o pedir un préstamo para realizar las aportaciones al capital social establecidas en sus respectivas Cooperativas, así como en su caso de la cuota de ingreso que se les exija para incorporarse como socias trabajadoras o de trabajo indefinidas.

Esta medida va a posibilitar que muchas personas trabajadoras indefinidas por cuenta ajena no tengan que utilizar sus ahorros, o pedir un préstamo. Jose Mari Martinez Bubu

Esta medida había sido solicitada desde las entidades asociativas de las Cooperativas y de las Sociedades Laborales, así como por CEPES, a todos los grupos políticos, desde hace ya varios ejercicios económicos, y con más intensidad desde la aprobación de la reforma laboral. Ya que con ella, se cerraba el acceso habitual que se tenía por parte de las personas trabajadoras socias trabajadoras o de trabajo indefinidas, una vez que finalizaban sus contratos, no pudiendo acceder a las prestaciones las que ya eran trabajadoras por cuenta ajena indefinidas.

Preparando el terreno para las nuevas socias

Con esta medida, consideramos que en todas las Cooperativas que tengan personas trabajadoras por cuenta ajena indefinidas deberían de proceder, salvo que ya lo hubiesen hecho ya, a la realización de los correspondientes debates de los Consejos Rectores/Órganos de Administración de las Cooperativas, sobre la planificación que se podría poner en marcha, sobre todo en lo que se refiere a necesaria formación cooperativa previa, a la que debería someterse a las personas trabajadoras a las que se les vaya a ofrecer la opción de incorporase como socias trabajadoras o de trabajo indefinidas.

Sería muy positivo que los Consejos Rectores/Órganos de Administración de las Cooperativas consideraran la importancia de brindar formación cooperativa previa a las personas trabajadoras a las que se les ofrezca la oportunidad de unirse a la cooperativa.

Es muy importante que las personas trabajadoras por cuenta ajena tengan siempre un itinerario previo o un proceso de acogida, que incluya al menos una formación cooperativa básica. Antes de ser admitidas como socias deberían acreditar su conocimiento, sin que ello requiera de esfuerzos memorísticos ni exámenes sin acceso a manuales, así como a las regulaciones a que se refieran los ejercicios. Sin embargo, sí proponemos que en todas las Cooperativas, que les fuese posible, implantasen un proceso por el que las personas trabajadoras por cuenta ajena indefinidas, que deseasen incorporarse como socias trabajadoras o de trabajo indefinidas, acreditasen su capacidad de interpretar el contenido de las normativas internas cooperativas aplicables.

Claves para una incorporación exitosa en Cooperativas

Cuando las personas se unen como trabajadoras en una Cooperativa, es importante que cuenten con una bienvenida adecuada. Esto significa proporcionarles toda la documentación e información precisa y el apoyo necesario para que entiendan cómo funcionan las reglas que se aplican a las personas que son socias trabajadoras o de trabajo, por ser su relación societaria y no laboral con la Cooperativa, en lo que se refiere a la prestación de su trabajo en la Cooperativa, a sus derechos y obligaciones.

También es crucial que la Cooperativa ponga a su disposición a personas socias trabajadoras o de trabajo con experiencia a quienes puedan acudir para resolver dudas sobre las normas internas y las prestaciones a las que podrían tener derecho, incluyendo el sistema de seguridad social que se aplica a las personas socias trabajadoras o de trabajo de la Cooperativa, así como en su caso de la EPSV de Empleo.

Cuando las personas se unen como trabajadoras en una cooperativa, se debe proporcionarles toda la información y el apoyo necesarios para que entiendan cómo funcionan las reglas. MONDRAGON

Así mismo, las personas trabajadoras por cuenta ajena, antes de incorporarse como socias trabajadoras o de trabajo, deben tener conocimiento de la situación económica financiera de la Cooperativa, la cual debería ser dada sin que la persona trabajadora la tuviese que pedir, salvo en aquellas Cooperativas en las que existe una transparencia en dicha materia, poniéndose a disposición trimestralmente no solo a las personas socias, sino también de las personas trabajadoras por cuenta ajena. Con dicha información sabrá el estado de situación económica financiera de la Cooperativa en el momento en el que se le ofrezca ser socia trabajadora o de trabajo, información esta imprescindible para las personas trabajadoras por cuenta ajena.

Las personas trabajadoras por cuenta ajena, antes de incorporarse como socias trabajadoras o de trabajo, deben tener conocimiento de la situación económica financiera de la Cooperativa

Las Cooperativas y sus personas trabajadoras tienen la opción de consolidar su relación con la Cooperativa al máximo nivel posible. Esto significa que pueden novar o transformar su vínculo laboral por un vínculo societario que será más beneficioso para ambas partes. Sin embargo, esto solo debería hacerse si ambas partes están de acuerdo y tienen la información y capacitación necesarias para hacerlo de manera consciente.

Por ello es muy relevante que las personas trabajadoras por cuenta ajena que pasen a ser socias lo sean una vez tengan la formación necesaria y acrediten la asunción de sus valores y principios, todo lo cual requiere de un plan de acogida y formación para cada persona que desee ser socia trabajadora o de trabajo indefinida.

Personas, el Motor de las Cooperativas

En todo caso, no puedo finalizar sin dejar constancia de nuestra firme convención de que en las Cooperativas lo más importante son todas las personas que las integran, y que mantengan activa una vinculación estrecha y comprometida entre ellas para la realización de las actividades de las Cooperativas, que no son otras que las personas socias cooperativistas, pues sin ellas no habría Cooperativas.


Desde Elkar-Lan, S. Coop., animamos a las Cooperativas a que ofrezcan a sus personas trabajadoras por cuenta ajena indefinidas su incorporación como socias trabajadoras o de trabajo indefinidas, con el itinerario descrito.



Francisco Javier Sanz Santaolalla,

Director de la Sociedad para la Promoción de Cooperativas Elkar-Lan, S.Coop