Este viraje radical obedece, según el gobierno, "al fin de garantizar la estabilidad e integridad territorial de nuestros dos países". La alusión a la integridad territorial se ha interpretado por parte del Gobierno español como una referencia a Ceuta y Melilla, cuya soberanía española debería dejar de ser objeto de contencioso con Rabat; mientras que el Frente Polisario denuncia que estas palabras pueden interpretarse como un reconocimiento implícito de la soberanía marroquí sobre la excolonia española.

¿Por qué no se ha avanzado en la solución de este conflicto, pese a las voces que lo reclaman con insistencia desde foros internacionales? La respuesta es evidente: las relaciones bilaterales con Marruecos y la presión que el régimen marroquí impone. En su momento fue la pesca, luego el control migratorio o la colaboración antiterrorista y ahora la dimensión geopolítica -la presión de Francia y EE.UU. ha sido clave para este cambio radical de política por parte de España- son monedas de cambio que permiten perpetuar esta tremenda e ilegal injusticia, que se mantendrá hasta el momento en que puedan ejercer el derecho de autodeterminación que les reconoció la Corte Internacional de Justicia en 1975.

La Resolución 1514 (XV) de la Asamblea General afirma el derecho de los pueblos sometidos a dominación colonial a su independencia, mediante la consulta a su población. En su opinión consultiva sobre el Sahara Occidental (1975), la Corte Internacional de Justicia consideró aplicable la Resolución 1514 (XV) a la descolonización del territorio, y, en consecuencia, reconoció el derecho del pueblo saharaui a la libre determinación mediante la expresión libre y auténtica de su voluntad.

La Resolución 658 (1990) del Consejo de Seguridad aprobó el Plan de Arreglo, libremente negociado por Marruecos y el Frente Polisario, que prevé la celebración de un referéndum de autodeterminación. La Resolución 690 (1991) creó la Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum en el Sahara Occidental (Minurso), que concluyó exitosamente la elaboración del censo en 2000. Sólo el veto de Francia en el Consejo de Seguridad impide que la Minurso concluya su labor organizando el referéndum.

En el referéndum que pactaron las partes, el pueblo saharaui debe decidir entre la independencia del territorio y su integración en Marruecos. La propuesta de autonomía es una propuesta de integración del Sahara Occidental en Marruecos y no constituye una expresión del derecho a la libre determinación de los pueblos si no es libremente decidida por el pueblo saharaui, en un referéndum en el que se incluya igualmente la opción de la independencia.

Después de rechazar definitivamente un referéndum de autodeterminación, Marruecos presentó un plan de autonomía (2007) que nunca ha obtenido el respaldo del Consejo de Seguridad ni de la Asamblea General de las Naciones Unidas, y es rechazado de plano por el Frente Polisario.

Desde 1963, y de conformidad con la Resolución 1956 (XVIII) de la Asamblea General, España es la potencia administradora, condición jurídica que ha confirmado la Audiencia Nacional (2014), por lo que tiene la obligación jurídica y política de tomar todas las medidas necesarias en orden a garantizar la libre determinación efectiva del pueblo saharaui.

Por todo ello, la decisión del Gobierno español de apoyar oficialmente el plan de autonomía propuesto por Marruecos en 2007 constituye la denegación expresa del ejercicio del derecho a la libre determinación del pueblo saharaui, y, en consecuencia, una grave violación del Derecho internacional.