Cuando un bebé está por nacer, todo son alegrías, aunque también surgen algunas dudas y miedos. Desde escoger la escuela en la que recibirá su educación, hasta el nombre que van a ponerle, todo son decisiones a las que hacer frente, en ocasiones, en tiempo récord. Y cuando creen que la decisión está tomada, a veces llegan los contratiempos. 

Eso le ha pasado a la familia de Hazia, que por el momento se llamará Zia atendiendo a la resolución de una jueza que ha denegado la utilización del sustantivo hazi para nombrar a la pequeña. 

Su abuela se reunió incluso con la Real Academia de la Lengua Vasca, Euskaltzaindia, que este jueves ha emitido un comunicado en el que se pronuncia sobre esta “controversia”. En ese sentido, desde Euskaltzaindia aseguran que se han ofrecido a redactar un informe y a ponerlo a disposición de la familia “a fin de que, si así lo desean, lo utilicen para encauzar la controversia suscitada en torno a este nombre”. Además, reconocen que la Academia ya manifestó en su momento que no veía impedimento en usar el nombre Hazia desde un punto de vista lingüístico, “tal y como ocurre con otros nombres derivados de un sustantivo común (Amets, Haizea, Lizar, Nahia, Zeru, etc.)”.

El propio secretario de la comisión de Onomástica de Euskaltzaindia, Mikel Gorrotxategi, explica a NTM cuál es el proceso que se sigue en estos casos. Cuando unos padres deciden ponerle a su hijo o hija un nombre y lo trasladan al registro, este comprueba que sea adecuado y que esté bien escrito. 

En caso de no conocerlo, les piden a los progenitores que lleven un informe que acredite que se trata de un nombre de persona; y si en el registro directamente ven que es inapropiado, así se lo hacen saber. 

Nombre Hazia. Euskaltzaindia

En el caso de Hazia, recuerda Gorrotxategi, la magistrada vio que la palabra hazi tenía dos significados principales como sustantivo, además del verbo crecer, y fue denegado. “Nosotros lo que hacemos es, por ejemplo, que si los padres escogen un nombre y el juez no lo conoce, vienen a nosotros y les hacemos un certificado especificando el significado de la palabra y cómo se escribe”, explica. 

Además, si por ejemplo un nombre, véase Urki, ya ha sido empleado anteriormente en alguna persona, también lo ponen en el documento, así como si tiene o no marca de género o si se puede usar indistintamente en niños y niñas. 

Es lo que pasa por ejemplo con los nombres que vienen de otros idiomas. Si los padres dicen que el nombre es berebere, el consulado tiene que emitir un certificado, y en el caso del euskera es Euskaltzaindia la encargada. Si quieren poner un nombre que hasta ahora no se ha usado, ellos lo que hacen es emitir un certificado en el que explican lo que significa y cómo se escribe, “pero no podemos decir que sea o no sea un nombre de persona, porque eso lo tiene que decidir el juez. Nosotros solo decimos lo que significa y cómo se escribe”. 

La última palabra

El juez tiene, en definitiva, la última palabra. Y, en caso de no aceptar el nombre propuesto por los padres, normalmente les da un plazo para que propongan uno alternativo. Si no, es el propio magistrado el que lo escoge. 

Esta es una de las cuestiones que se recogen en la ley 20/2011, de 21 de julio, del registro civil, que en su artículo 51 publicado en el BOE rige el principio de libre elección del nombre propio. En ese sentido, certifica que "el nombre propio será elegido libremente y solo quedará sujeto a las siguientes limitaciones, que se interpretarán restrictivamente:

1. No podrán consignarse más de dos nombres simples o uno compuesto.

2. No podrán imponerse nombres que sean contrarios a la dignidad de la persona ni los que hagan confusa la identificación.

3. No podrá imponerse al nacido nombre que ostente uno de sus hermanos con idénticos apellidos, a no ser que hubiera fallecido".

Y el artículo anterior, también publicado en el BOE, el número 50, explica que:

1. Toda persona tiene derecho a un nombre desde su nacimiento.

2. Las personas son identificadas por su nombre y apellidos.

3. El Encargado impondrá un nombre y unos apellidos de uso corriente al nacido cuya filiación sea desconocida. Igualmente impondrá, tras haberles apercibido y transcurrido un plazo de tres días, un nombre de uso corriente cuando los obligados a su fijación no lo señalaren.

4. A petición del interesado o de su representante legal, el encargado del Registro sustituirá el nombre propio de aquel por su equivalente en cualquiera de las lenguas españolas.

Eki y los nombres epicenos

En todo este tiempo, de todas formas, la de esta pequeña no ha sido la única “controversia” que se ha producido a la hora de nombrar a un bebé. Ha ocurrido, por ejemplo, con los padres de una niña que querían llamarla Eki y que el juez se lo denegó porque consideraba que se trataba de un nombre masculino.

Gorrotxategi recuerda cómo les dijeron a los padres que hasta ahora en euskera Eki se ha usado como nombre de niño, porque el mundo de los epicenos, nombres utilizados indistintamente para designar a niños o a niñas, es muy reciente. En 2019 los analizó Euskaltzaindia y convirtió en epicenos más de 400 nombres. Además, dejó algunos para analizar, entre los que precisamente se encuentra Eki, para estudiar su situación particular, porque hay 445 niños con ese nombre y ninguna niña.

Nombre Eki. Euskaltzaindia

Y es que el de los nombres neutros es un campo que está en auge. Antes, recuerda Gorrotxategi, no se podían usar, y “Euskaltzaindia ha sido pionera ahí. Hizo una apuesta en ese sentido, y ha conseguido que se acepte en los registros. Antes no había oportunidad de usarlos”. 

En la península no se usan los nombres epicenos, porque además la propia ley dice que no se aceptan nombres que causen una confusión de sexo. “En Euskadi, gracias a nuestra iniciativa, se aceptan los nombres epicenos, pero somos pioneros”. En Inglaterra y el mundo anglosajón sí existen nombres epicenos, y en la zona de Francia también hay algunos nombres que se usan indistintamente.  

Peticiones "complejas”

Sin duda, Euskaltzaindia va a seguir teniendo mucho trabajo en el mundo de la onomástica en los próximos años. Al fin y al cabo, llegan constantemente peticiones en el ámbito de los nombres, y algunas son “complejas”. El proceso de trabajo tiene unos tiempos, además, porque tienen que analizar la situación en su conjunto. 

Pero, en caso de que los futuros padres tengan alguna duda, pueden de todas formas consultar la web de Euskaltzaindia, concretamente el buscador de EODA, donde se encuentran registrados los nombres. En caso de que el que quieran no figure ahí, pueden preguntar directamente a Euskaltzaindia. “Si es un sustantivo común, como hazi, podemos decir que es una palabra común, y podemos hacer un certificado explicando que es común, cómo se escribe y lo que significa, y que en euskera se suelen usar sustantivos comunes. Pero no podemos decir que sea un nombre de persona, porque es una palabra común, y lo mismo ocurre con los topónimos”, reitera Gorrotxategi.