Una jueza de Gasteiz ha ordenado al Ayuntamiento de Laudio readmitir a una trabajadora interina que no logró alcanzar el nivel de euskera exigido para su puesto al argumentar que "la lengua vasca es el quinto idioma más difícil del mundo".

Así lo recoge el fallo de la magistrada del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Gasteiz dictado tras el recurso que presentó esa trabajadora temporal, que solicitaba ser reconocida como empleada fija del Ayuntamiento.

PERFIL LINGÜÍSTICO

La demandante trabajó como funcionaria interina desde 2014 hasta 2020 y fue cesada el 6 de octubre de ese año ya que no tenía el perfil 3 exigido (PL3 equivalente al C1) sino que logró acreditar únicamente el perfil 1 (PL1).

El Ayuntamiento argumenta que en su toma de posesión, que firmó la propia trabajadora, se contemplaba la posibilidad de ser cesada si no cumplía los requisitos de euskera, y que ella, tras hacer 8 cursos de aprendizaje de esa lengua en los que invirtió 1.295 horas fuera de su jornada laboral, solo consiguió el nivel 1 (PL1).

NIVEL 1

La jueza recuerda en primer lugar que una directiva europea de 1999 impide que se exija determinados perfiles lingüísticos a los interinos mayores de 45 años y no a los funcionarios fijos mayores de esa edad.

En segundo lugar pone de relieve que la trabajadora invirtió 1.295 horas de su propio tiempo de descanso y de ocio y a pesar de ese esfuerzo alcanzó el nivel 1 de euskera.

"La Administración parece olvidar que el euskera ocupa la quinta posición de los idiomas más difíciles del mundo (en algunas listas aparece incluso el primero)", destaca el fallo, que recuerda que "la principal dificultad de esta lengua es que no comparte ninguna conexión con ningún otro idioma ya que ha evolucionado a lo largo del tiempo de forma aislada".

"NULA SENSIBILIDAD"

Añade que a ello se suma "la complejidad de su estructura y un vocabulario cuyas palabras cambian de significado al adicionarse uno de los cientos de sufijos, prefijos e infijos que se dan en esa lengua".

Por ello la jueza considera que "el alegato del Ayuntamiento de Laudio, al esgrimir que tras 1.295 horas solo ha alcanzado un PL1, denota una nula sensibilidad hacia las extraordinarias dificultades que entraña esta lengua y expone el cese a modo de castigo".

FALTA DE CAPACIDAD DEL FUNCIONARIO

Indica que un cese como este debería estar justificado por "la imposibilidad para el desempeño del puesto" por una "falta de capacidad del funcionario que lo ocupa", cuando esta interina "lo había desempeñado durante seis años sin que obren expedientes disciplinarios ni por falta de rendimiento".

A la vista de estos hechos y de la propia normativa vasca, el juzgado rechaza la pretensión de la trabajadora de que se le reconozca como empleada fija, pero declara nulo su cese y se le reconoce el derecho a ocupar otro puesto de igual nivel.

En caso de que no existiera ese puesto, podrá ser adscrita a otro "no inferior en más de dos niveles", pero deberá percibir en ese caso un complemento retributivo por la diferencia entre ambos puestos. Además declara que tiene derecho a una indemnización por los salarios que dejó de percibir desde que fue cesada, con los intereses legales más las cotizaciones a la Seguridad Social.

El Ayuntamiento de Laudio ha anunciado a Efe que recurrirá esta sentencia.