El exceso de velocidad es una de las grandes preocupaciones de la Dirección General de Tráfico, el principal motivo de los accidentes en las carreteras y representa ya seis de cada diez sanciones de la DGT.

Los radares son los principales puntos de control de velocidad. Son casi 3.000 en toda España, que pueden multarte con sanciones de hasta 600 euros y hasta 6 puntos de pérdida en tu carné.

No obstante debes de saber que hay varios motivos por los que quedar libre del pago y de la pérdida de puntos. Estas son las causas por las que puedes lograr anular una infracción de tráfico por exceso de velocidad.

  • El radar está obligado a sacar dos fotos. La ley obliga a que los dispositivos instalados de forma fija en las carreteras, y cuando no haya un operador en persona, obtengan dos fotos del vehículo que comete la infracción: una visión panorámica del coche en una y en otra, la matrícula. Si el radar no ha sacado las dos fotos preceptivas podrá pedirse la anulación de la multa.
  • Los radares tienen un margen de error de 7 kilómetros por hora. Los dispositivos no son exactos cien por cien cuando miden la velocidad a la que circula un vehículo por carretera. Tienen un margen de error. Tráfico lo aplica antes de sancionar a un posible infractor. Según la información publicada por Tráfico cuando el límite de velocidad es inferior a 100 kilómetros por hora, el radar salta a 7 kilómetros por hora más de lo permitido. Es decir, si se trata de un tramo limitado a 60 kilómetros por hora, el radar saltará a 67; si es de 30 kilómetros por hora, saltaría a 37; y así sucesivamente. Cuando la velocidad máxima permitida es superior a 100 kilómetros por hora, se añadirá un 7% a la cifra máxima permitida. Este margen sólo es aplicable a las limitaciones de la gran mayoría de las autopistas y autovías de España cuya velocidad máxima suele estar marcada en los 120 kilómetros por hora. En esos tramos, el radar saltará a 128 kilómetros por hora.
  • Errores en los campos obligatorios de la notificación. Puedes pedir que se anule la infracción si existieran datos incorrectos al rellenar el parte de la infracción por parte de la autoridad en los campos que se especifican como obligatorios como el conductor, motivo de la denuncia, etc.
  • Radares en mal estado. Es importante que los dispositivos tengan todos los permisos técnicos cuando se trata de validar todas las sanciones. Tráfico está obligado a revisar de forma periódica los cinemómetros además de las cabinas que los cobijan, sus soportes y sus protecciones. Cualquier anomalía en estos aspectos puede invalidar una sanción.
  • Contradicciones entre el radar y otras señales. Puede que los radares estén mal ubicados. Por ejemplo, puede que estén en un lugar en donde una señal indique que la prohibición de reducir la velocidad haya concluido y el radar considere lo contrario y aplique la multa. Tráfico se ha visto obligado en varias ocasiones a anular varios miles de multas por situaciones en las que las señales y el control de velocidad recomendaban indicaciones contradictorias.
  • Defecto de forma. Hay ocasiones en las que la multa pueda llegar a presentar algún defecto de forma, razón más que suficiente para que se pueda anular la sanción. Pero debes de tener en cuenta que en el caso de que sea un error subsanable es posible que se corrija de forma posterior.

Para presentar una reclamación ante Tráfico que hacerlo en los primeros 20 días naturales posteriores a la notificación. Después de este tiempo, solo se podrá presentar un recurso de revisión si se detecta algún error. Las reclamaciones comportan un riesgo ya que perderás el derecho a la reducción del 50% de la sanción. Si la resolución de Tráfico es favorable al conductor, el caso se archiva. En caso contrario tendrás que pagar el 100% de la infracción, pero puedes seguir reclamando hasta llegar a los tribunales.